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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Los boxeadores profesionales deberán inscribirse en la AFIP para poder pelear

En el Reglamento Argentino de Boxeo, en su parte III del Boxeo Profesional Masculino y la parte V del Boxeo Profesional Femenino, se incorporó el siguiente inciso dentro del art. 18:

Los boxeadores tendrán que estar inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y proporcionar sus número de CUIT y recibo del último pago o comprobante de inscripción, que certifique que se encuentran activos y con el alta otorgada en dicho sistema.

Esta disposición tendrá validez y será de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de enero de 2015 para todos aquellos púgiles que tramiten por primera vez su licencia de boxeador profesional.

En tanto, quienes tengan la licencia otorgada con anterioridad al 1 de enero de 2015, se les proporcionará un período de gracia para regularizar su situación, que se extenderá hasta el 30 de junio de 2015.

Fuente: Télam

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