Los boxeadores tendrán que estar inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y proporcionar sus número de CUIT y recibo del último pago o comprobante de inscripción, que certifique que se encuentran activos y con el alta otorgada en dicho sistema.
Esta disposición tendrá validez y será de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de enero de 2015 para todos aquellos púgiles que tramiten por primera vez su licencia de boxeador profesional.
En tanto, quienes tengan la licencia otorgada con anterioridad al 1 de enero de 2015, se les proporcionará un período de gracia para regularizar su situación, que se extenderá hasta el 30 de junio de 2015.
Fuente: Télam