La resolución establece que a partir del análisis de todos los elementos traídos a estudio por las Comisiones de Asuntos Académicos y de Interpretación y Reglamento, "solamente para el caso de los Ingenieros Agrimensores es aplicable la actividad de mensura, no incluyéndolas dentro de los alcances de los trabajos topográficos y geodésicos que realiza el Ingeniero Civil y que son parte de otro objetivo, que es la realización de actividades para las cuales tiene incumbencias".
El encuentro se desarrollo en el despacho del jefe de ministros con la asistencia del Titular de FADA, Carlos Gustavo Diez; el director del Instituto Geográfico Nacional, Sergio Cimbaro; el presidente del Consejo Federal de Catastro, Hugo Gatica; y representantes de Conea, Conapea y Confedi.
Fuente:
Télam