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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Técnicamente sería factible devolver los depósitos reprogramados

Corralito: Un callejón con salida

En una actitud digna de ser imitada, se conoció la semana pasada la decisión del Banco de la Pampa de devolver anticipadamente los Certificados de Depósitos Reprogramados (CEDROs). En tal sentido, y para los depósitos en pesos, la devolución sería total. Mientras que para los depósitos que originalmente estaban en dólares estadounidenses, y de hasta U$S 30.000, se les ofrecería esa suma pesificada a una relación de UN DÓLAR ESTADOUNIDENSE igual a UN PESO CON CUARENTA CENTAVOS (U$S 1= $ 1,40) con más la actualización por el Coeficiente de Actualización de Referencia (CER).

En una actitud digna de ser imitada, se conoció la semana pasada la decisión del Banco de la Pampa de devolver anticipadamente los Certificados de Depósitos Reprogramados (CEDROs). En tal sentido, y para los depósitos en pesos, la devolución sería total. Mientras que para los depósitos que originalmente estaban en dólares estadounidenses, y de hasta U$S 30.000, se les ofrecería esa suma pesificada a una relación de UN DÓLAR ESTADOUNIDENSE igual a UN PESO CON CUARENTA CENTAVOS (U$S 1= $ 1,40) con más la actualización por el Coeficiente de Actualización de Referencia (CER).

Tal medida, es consecuencia de que las entidades financieras vieron incrementar sus depósitos y, simultáneamente, experimentaron cancelaciones netas de créditos.
El aumento en los depósitos (del orden de los $ 1.260 millones durante Octubre y equivalente a 2,3%) estuvo alentado por las seductoras tasas de interés en pesos y por la expectativa de caída de la cotización del dólar, mientras que para la cancelación de créditos, el incentivo estuvo dado a través de la cancelación de deudas con Títulos Públicos (que tienen un descuento significativo) y por la cancelación de deudas en pesos ajustada por el CER usando dólares con una perspectiva de disminución del tipo de cambio nominal.
Este exceso de liquidez del sistema financiero, que se canalizó por un lado, en la normalización de las exigencias de efectivo mínimo legal establecido por el Banco Central de la República Argentina, y por el otro lado, para tener reservas precautorias frente a la eventualidad en la prosecución de los amparos judiciales, puede perfectamente destinarse a la devolución de los CEDROs, ya que el mismo produciría un doble beneficio.

Para las entidades financiera, porque a través de la devolución de los CEDROs, eliminarían el fantasma de los amparos (ya que los ahorristas deben renunciar a este derecho si quieren hacer uso de esta opción), conservando los depósitos, esta vez de libre disponibilidad, en los bancos como consecuencia de que aún los depósitos a plazo siguen siendo una alternativa rentable, frente a la baja inflación y a la estabilidad en el mercado cambiario, y porque lograrían mejorar la imagen de la entidad.
Para los depositantes, porque restituirían su dinero, la confianza y la credibilidad en el sistema financiero.  (Por CPN Juan Pablo Fripp)


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