A través de la resolución 133, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Secretaría dispuso que los bienes automotores y maquinarias incorporados en la operatoria con los BODEN deberán ser de fabricación nacional, de Estados partes del Mercosur o de origen y procedencia de otros países.
En el caso de los automotores y maquinarias extra Mercosur, la norma precisó que formarán parte de la operación sólo si fueron despachados a plaza hasta 15 días posteriores a la publicación de la resolución 133. (Télam)