El dictamen se fundamentó en la denominada "doctrina Galli" de la Corte Suprema, por la que el Estado está facultado a ello "con el fin de adecuar sus servicios a posibilidades reales de finanzas públicas, a la prestación de los servicios esenciales y al cumplimiento de las funciones estatales básicas que no pueden ser desatendidas".
La demanda había sido iniciada por un titular cordobés de certificados de custodia y de certificados de crédito fiscal (CCF), quien reclamó por la suspensión de los pagos de los servicios de la deuda pública nacional en el 2001-2002 y tampoco aceptó la oferta de canje de deuda pública instrumentada por el decreto 1735/04.
Monti destacó las opciones de canje voluntario de deuda diseñadas por el Gobierno Nacional, primero mediante el decreto 1735/04 y más tarde por medio de la ley 26.547 y el decreto 563/10.
En base a ello, descartó la "ausencia de razonabilidad" en el marco legal relativo al tratamiento de la deuda pública invocado por el demandante y respaldado en un fallo favorable por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
La Procuración contrapuso a ese fallo la "doctrina de amplios alcances -con respaldo en un principio de derecho de gentes, sobre las facultades del Estado" en situaciones de emergencia, ya establecida por la Corte Suprema.
Fuente: Télam