La multa, en esta ocasión, fue por no reportar operaciones de compra venta de divisas en efectivo realizadas por una clienta ocasional de la entidad.
Entre junio y noviembre de 2007 esa clienta realizó diez operaciones a fin de comprar y vender moneda extranjera con dinero en efectivo por casi 600 mil pesos, y el banco sólo reportó dos de esas operaciones, por 93.449 pesos.
Las investigaciones realizadas por la UIF permitieron corroborar que la clienta no poseía un perfil patrimonial coincidente con las transacciones financieras que realizaba, no registraba actividad comercial alguna ni había presentado documentación que justificara el origen de los fondos involucrados.
La Unidad señaló que la entidad no cumplió con la normativa que obliga, en caso de operaciones de clientes ocasionales por más 200 mil pesos, a requerir adicionalmente a la declaración jurada de licitud y origen de los fondos, la correspondiente documentación respaldatoria y/o información que sustente su origen.
Si las operaciones cambiarias individuales o acumuladas en el mes resultan mayores a 30 mil pesos, en la medida que la contraprestación del cliente sea realizada en efectivo se requerirá una declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos, con la correspondiente documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.
Fuente: Télam