Arias fundamentó su decisión en que la empresa no debe continuar intimando para el cobro de boletas atrasadas cuando debe devolver el dinero mal cobrado a raíz del aumento del 180 por ciento vigente desde mayo de 2012 que fue rechazado por la Suprema Corte de Justicia provincial.
A principio de este mes, la Suprema Corte falló a favor de los usuarios con el argumento de que el aumento del 180 por ciento dispuesto por ABSA se trataba de una disposición ilegal, ya que había establecido sin la previa celebración de una audiencia pública, donde las distintas partes pudieran expresar sus puntos de vista.
Pese al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires que declaró nulo el decreto que aumentó hasta en un 180% las tarifas del servicio aplicado en el 2012, ABSA advirtió a los usuarios que las facturas actuales deben abonarse "en tiempo y forma".
En un comunicado, la empresa aclaró que "la resolución de la Suprema Corte Bonaerense respecto al decreto 245/2012, no afecta el valor del metro cúbico vigente a partir del 1 de enero de 2015".
Fuente: Télam