La Decisión Administrativa 244/13 difundida hoy complementa el decreto 1191/12 que establece que las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional, deberán contratar con Aerolíneas Argentinas SA y Austral Líneas Aéreas SA los pasajes que requieran para esos traslados.
Las jurisdicciones y entidades alcanzadas por la presente podrán apartarse de lo dispuesto, sólo cuando las empresas mencionadas no comercialicen vuelos directos o indirectos -por medio de conexiones inmediatas con un desvío razonable- al área de influencia del lugar de destino requerido, o carezcan de disponibilidad para la fecha solicitada.
Se podrán contratar los servicios de Líneas Aéreas del Estado (LADE), cuando se trate de localidades donde sólo llega esta empresa estatal.
La utilización de otras aerolíneas sólo se podrá hacer en casos muy puntuales, cuando no pudieran ser cubiertas por Aerolíneas Argentinas, Austral o LADE, como establece la Decisión 244/13 que se publica hoy en el Boletín Oficial.
Entre estos casos puntuales, se menciona cuando para llegar a destino se requiera de una conexión entre un vuelo de Aerolíneas, Austral o LADE y otra aerolínea, y el tiempo de espera en la conexión fuera menor a tres horas o mayor a seis horas.
También cuando el destino requiriera una conexión entre un vuelo de cualquiera de estas tres y otra aerolínea, y el tramo de esta última sea el de mayor extensión, siempre que el valor total del pasaje supere el 20% del valor del vuelo punto a punto por una tercera empresa.
Asimismo, cuando para llegar a destino deba agregarse una escala adicional por Aerolíneas, Austral o LADE, si el pasaje que se requiere ya tiene una escala por otra aerolínea.
La jefatura de Gabinete de Ministros aprobó el "Modelo de convenio para la utilización de los servicios de OPTAR S.A. a instrumentarse en la relación entre las jurisdicciones y entidades alcanzadas para la compra de pasajes en los términos del Decreto Nº 1191/12, que como Anexo II forma parte de la presente".
Fuente: Télam