Por otra parte, a quienes desarrollan actividad económica en locales que no exhiben identificación alguna, no resultando visibles al censista, como así también a los profesionales de todas las ramas, que ejerzan su actividad de modo independiente y que a la fecha no han sido censados, se les comunica que, al haber concluido el operativo de campo, se ha dispuesto otorgar un plazo extra para el cumplimiento de su obligación censal. A tal efecto podrán concurrir, hasta el 14 de junio, a las sedes de jefatura de censistas según departamento de la provincia donde corresponda.
A saber:
Departamento Sede Horario
Santa María Agronomía de Zona Santa María - La Soledad Lunes a Viernes de 8 a 12 hs.
Belén y Antofagasta de la Sierra Casa Parroquial Belén - Lavalle 245 Lunes a Viernes de 8 a12 hs
Andalgalá Agronomía de Zona Aconquija - Ruta Prov. Nº 48.
Centro de Participación Comunitaria Municipal - ex Mercado Municipal - San Martín S/Nº - Ciudad de Andalgalá
Lunes a Viernes de 8 a 12hs
Tinogasta Agronomía de Zona Tinogasta - Ruta Prov. Nº 40, Villa San Roque Lunes a Viernes de 8 a 12hs
Pomán Salón Cultural Municipal de Saujil - Esquiú y Sr. del Milagro.
Comisaria de la Villa de Pomán.
Municipalidad de Mutquín
Lunes a Viernes de 8 a 12 hs.
Santa Rosa y El Alto Escuela Polimodal Nº 25 - Alijilán (Santa Rosa) Lunes a Viernes de 9 a 12 hs.
La Paz y Ancasti Hospital Zonal de Icaño - Av. San Martín S/N Bº Centro Lunes a Viernes de 9 a 12 hs.
Valle Viejo Colegio Polimodal Nº 69 Establecimiento Wilfrido Rojas - Santa Rosa (Valle Viejo) 8, 9 y 10 de Junio de 17 a 20 hs.
Capayán Biblioteca Domingo F. Sarmiento - 25 de Mayo y San Martín- Chumbicha 8 y 9 de Junio de 9 a 20 hs.
FME, Paclín, Ambato y CAPITAL Dirección Provincial de Estadística y Censos - Mota Botello 520 Lunes a Viernes de 17 a 20 hs.
También se recuerda a los responsables de los locales censados, que al haber cumplimentado los formularios deberán solicitar el correspondiente Certificado de Cumplimiento Censal, el cual deberá ser preservado, ya que el mismo es un comprobante único. Dicho Certificado, avala su participación en el Censo Nacional Económico 2004/2005 y, conforme lo establece el Dcto. Nacional Nº2317/04 y Decreto Provincial Nº2317/04, será exigido por las dependencias nacionales, provinciales y municipales y por las entidades bancarias, como requisito previo a la conformación de cualquier trámite, por el término de un año. La falta de dicha documentación, impedirá la prosecución del respectivo trámite, sin perjuicio de las multas establecidas por el artículo 15 de la Ley Nº 17.622, sustituido por el articulo Primero de la Ley Nº 21.779.