Hasta ahora eran considerados autos de lujo, los vehículos que se venden al público a más de $190.000. Esos vehículos pagan en la actualidad una alícuota de 10% para los nafteros y 12,5% para los impulsados por motor diesel.
Además, el texto promueve que en el caso de las motos se aplique una alícuota de 30% cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los $22.000 y $40.000 y en 50% cuando su precio sin impuestos supere los $40.000.
En el caso de las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda se establece una alícuota del 30% cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los $22.000 y $170.000 y del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000.
Finalmente, en el caso de las aeronaves, aviones, hidroaviones, planeadores y helicópteros concebidos para recreo o deporte, se establece una alícuota del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000.
Fuente | ambito.com