Según los voceros, el titular del juzgado civil 50, Gerardo Nani, tomó la medida en el marco de una causa en la que una deudora pretendía cancelar un préstamo hipotecario con anterioridad al vencimiento del compromiso, a la paridad 1 dólar-1peso.
En su fallo, el magistrado señaló que "el acreedor pactó el préstamo en una divisa extranjera... para asegurarse el poder adquisitivo de su inversión. Consecuentemente es lícito que reclame igual cantidad de cosas de la misma especie y calidad".(Télam).-