Todos los monotributistas podrán recibir asesoramiento para efectuar su cálculo anual en la dirección www.afip.gov.ar en la herramienta denominada "Mi orientación". Y para realizar el trámite deberán ingresar con la respectiva clave fiscal en esta página web y realizar, en el área "Monotributo", el trámite completo de la recategorización cuatrimestral.
Desde el ente fiscal, detallaron que "frente a cualquier dificultad los contribuyentes cuentan con la facilidad de solicitar asistencia telefónica en el 0810-999-2347, por celular en *2347, de lunes a viernes, de 8 a 20 horas, o por correo electrónico, en [email protected]".
El comunicado agrega que "las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el primer día del mes siguiente de esta recategorización y el último día del mes en que deba efectuarse nuevamente este trámite cuatrimestral. Los próximos cuatrimestres vencerán los días 7 de enero y 7 de mayo del próximo año".
Cabe recordar que "el monotributo facilita el cumplimiento tributario porque no requiere de la presentación de declaraciones juradas ni genera obligaciones en Ganancias ni en el IVA".
Además, "el pago mensual cubre el cumplimiento del impuesto, pero, al mismo tiempo, genera beneficios inmediatos y mediatos en el ámbito de la seguridad social: el acceso a una obra social y a una futura jubilación", agrega el comunicado.
FUENTE: INFOBAE