(DIARIOC, 06/05/2011) El expediente, girado por el Departamento Ejecutivo Municipal, estipula “fijar a partir del 1 de marzo del año en curso el valor monetario del índice base en la suma de $5,55 para el Personal Docente Municipal, Banda de Música, Comedia Municipal”, mientras que para el “Personal Docente Municipal remunerado por horas cátedra, el valor monetario de $6,02”.
Además, se establece a partir del 1º de marzo de 2011 “el Salario Total Neto Mensual por cargo o presentación acumulativa de horas cátedras, perciba o no el Fondo Nacional de Incentivo Docente en la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 2.250,00). No se computarán para el cálculo del Salario Total Neto Mensual, las asignaciones familiares ni los haberes adeudados. El ingreso mínimo es garantizado en forma proporcional para los cargos con menos de 317 puntos y para las prestaciones inferiores a quince (15) horas cátedras de nivel medio y doce (12) horas cátedra de nivel superior.
Para aquellos casos en los cuales el Salario Total Neto Mensual sea inferior a la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($2.250,00), creáse una adicional No Remunerativo y No Bonificable cuyo monto será igual a la diferencia entre el salario total neto mensual a ser percibido por el agente por aplicación de los índices establecidos en los artículos 1º y 2º y el salario total neto mensual garantizado”.
Por último, los fundamentos señalan que “por Decreto Acuerdo Nº 106, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso el incremento de los salarios docentes en la órbita de su dependencia, por lo que con la presente Ordenanza se busca además equiparar el salario del docente municipal al provincial”.