Escuela de Banda de Varela: Sin clases, personal presente en el establecimiento.
Escuela Villa parque Chacabuco: Clases hasta las 9, docentes en el establecimiento.
Escuela de La Chacarita: Actividad normal.
Escuela Gobernador Galíndez: Actividad normal.
Escuela Juan Pablo II: Actividad normal.
Escuela 7 General Paz: Actividad normal.
Escuela 428 Enrique Ocampo: 40 por ciento de ausentismo.
Escuela 28 Florinda Orellana: 50 por ciento de ausentismo.
Escuela Fasta: Actividad normal.
Escuela Pía Didoménico: Actividad normal.
Escuela Monetsori: Actividad normal.
Escuela 15 Naciones Unidas: 90 por ciento de ausentismo.
Escuela 271: 90 por ciento de ausentismo.
Escuela Industrial: 90 por ciento de ausentismo.
Escuela 161 Islas Malvinas: 40 por ciento de ausentismo.
Escuela San Jorge: 100 por ciento de ausentismo.
Escuela 163 Apolo: Nivel primario 60 por ciento de ausentismo, nivel secundario, actividad normal.
Escuela 180 Parque América: Actividad normal.
Escuela municipal 2 y 3 barrio Eva Perón: Actividad normal.
Hogar Fray M. Esquiú: Actividad normal.
Jardín 17: Actividad normal.
Escuela 127: 50 por ciento de ausentismo.
Escuela 182 primaria: 70 por ciento de ausentismo.
Escuela 76 secundaria: 10 por ciento de ausentismo.
Escuela 186 primaria: Actividad normal.
Escuela 515 Revolución de Mayo: Actividad normal.
Escuela 46 secundaria: Actividad normal.
Escuela 353 primaria: Actividad normal.
El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la provincia comunica que, como es de público conocimiento, la Dirección de Inspección Laboral ha decidido mediante Disposición Nª 823/14 la Conciliación Obligatoria entre el Ministerio y los gremios docentes, abriéndose la instancia de quince días para la misma.
En su artículo 3ª la disposición establece textualmente que "las partes deberán abstenerse de llevar adelante medidas de acción directa o cualquier otra que altere la relación de trabajo normal y habitual, debiendo cesar de inmediato aquéllas que se hubieran dictado con anterioridad a la presente disposición, mientras se sustancie la instancia dispuesta, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en la ley 14786".
Por tal motivo se informa que, dada la ilegalidad manifiesta de la actitud adoptada por una de las cinco entidades gremiales desconociendo la obligatoriedad de la medida enunciada, a los docentes que acaten tal medida, se les efectuarán los descuentos correspondientes por cada día no trabajado, dado que la ausencia será interpretada como injustificada.