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Sabado 20 de Abril de 2024
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Fondo a la Docencia por Tareas frente a Alumnos

Desde el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, se comunica que la información sobre los actos de gobierno que son públicos , se encuentra a disposición de cualquier persona que desea consultarlos en las oficinas técnico-contables pertinentes y a través de la pagina web www.catamarca.gov.ar
En tanto se presentó un informe que indica lo siguiente:

“Reiteramos lo informado con fecha 28/01/05 que por Decreto Acuerdo 55/2005 de fecha 19ENE05 el superior gobierno de la provincia dispuso la creación de un fondo de incentivo denominado“Fondo a la Docencia por Tareas frente a Alumnos (FDTA)”, consistente en la distribución mensual durante el ejercicio 2005 de hasta un máximo de 10.000.000 de pesos. El Fondo es de carácter remunerativo y no bonificable para el personal docente con efectivo desempeño en los establecimientos escolares frente a alumnos y para el personal docente que conforma el equipo de conducción de las unidades educativas y con efectiva prestación de servicios en mismos.

Este monto debe ser prorrateado en 13 cuotas mensuales (12 liquidaciones mensuales y un Sueldo Anual Complementario repartido en dos cuotas semestrales). $10.000.000/13 meses =$ 769.230,76.

La proyección para el año 2005, en función de los datos históricos recientes, nos permite establecer una Planta Orgánica Nominal de 23.868 cargos en el sector estatal, equivalentes a 9.990 docentes, y en el sector de gestión privada 3.579 cargos equivalentes a 1.498 docentes privados.

Proyección Ejercicio 2005

{adr}Cargos
Empleados docentes

Sector público
23.868
9.990

Sector privado
3.579
1.498

Totales
27.447
11.488

Entendemos por Planta Orgánica Nominal a la sumatoria de docentes con efectiva prestación de servicios en calidad de: Titulares, Interinos y Suplentes; Docentes usufructuando licencias con goce de haberes; Docentes en disponibilidad y Personal de Conducción de los establecimientos educativos.
A los fines de establecer una unidad común de medición entre los cargos docentes y las horas cátedras hemos determinado que los 27.447 cargos representan 373.412 horas cátedras y; aplicando las equivalencias establecidas en el articulo Nº 04 del Decreto Acuerdo 55/2005 para el Estado Provincial la unidad de medida del FDTA (Horas cátedras) tiene un costo total de $2,06 compuesta por $1,80 que recibe el docente mas $0.26 de contribuciones patronales.
Aplicando estos valores hemos proyectado que el costo mensual en concepto de FDTA será :

 373.412 horas cátedras X $2,26 = $769.228,72

Analizando la liquidación de haberes correspondientes a ENERO/2005 para los docentes del sector público; vemos que en concepto de FDTA se abono una suma de $1.068.411,23 . En este importe esta incluido dic/2004 y enero/2005; mas el 14,17% en concepto de Contribuciones Patronales, lo que nos da un costo total de $ 1.219.805,10  ($ 609.902,55 por mes).
 
LIQUIDACION ENERO 2005 Sector Público

Cantidad
FDTA
Contribuciones Patronales 14,17%
Costo Total

Dic/04
(p/pago retroactivo)
23391
$534.205,61
$75.696,93
$609.902,55

Enero/05
23391
$534.205,61
$75.696,93
$609.902,55

Totales

$1.068.411,23
$151.393,87
$1.219.805,10


En cuanto al sector privado se estimó para la liquidación de ENERO/2005 una erogación total de $196.518 (DIC/04 y ENE/05).
El costo erogado por el Estado Provincial al sector docente estatal en ENE/05 en concepto de FDTA ha sido distribuido en 23.391 cargos, cantidad inferior a los cargos mensuales proyectados (23.868) debido a que éste es un mes de muy baja movilidad comparados con los meses por venir en los cuales se verán incrementados los cargos producto de la propia naturaleza del agrupamiento docente e inicio del ciclo lectivo 2005.
La liquidación del FDTA esta compuesta por 1779 maestros de grados jornada simple con una carga horaria equivalente a 37,5 horas cátedra ( $ 67,50) y el resto, 22089 cargos corresponde a Profesores con horas cátedras y docentes con cargos (bibliotecarios, preceptores, directivos, etc) cuya jornada laboral es distinta a la de un maestro de grado de jornada simple, pudiendo ir desde 1 horas cátedra hasta un máximo de 48 horas. y su remuneración por consiguiente es proporcional, tanto en mas como en menos.

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