Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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EN SU MAYORÍA, POR NO EXHIBIR LOS PRECIOS

Veintiocho comerciantes fueron multados entre abril y septiembre

La visita de los inspectores de la Dirección Provincial de Comercio a diferentes comercios de variados rubros arrojó como saldo la detección de una considerable cantidad de infractores, en su mayoría sorprendidos sin mostrar los carteles indicadores de precios en los productos.
(DIARIOC, 30/09/2009) En este sentido, la intención de la autoridad de aplicación de las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial no es la de atentar contra el derecho de comerciar libremente sino la de proteger a los consumidores en el marco de esa relación.

En total son veintiocho las actas labradas que tienen firmada una sanción en su contra, las que van desde los $ 100 hasta los $ 20.000. Entre los infractores se encuentran ocho propietarios de puestos de venta en el Paseo de Compras de Productos Catamarqueños (PCPC) que, precisamente, promueve el gobierno.

La sanción más alta impuesta por Comercio fue en el marco de una denuncia planteada por una usuaria del servicio de Internet “Arnet”, a la que la proveedora no le cumplió con la velocidad de descarga de 1 MB tal como lo había promocionado al hacer la contratación. El monto de la multa aplicada por infringir el artículo 19º de la Ley 24240 fue de $ 20 mil.

Otro caso que llama la atención es la sanción de $ 10 mil impuesta en perjuicio de la prestadora de televisión por cable Supercanal, tras haber sido considerada infractora del artículo 35º de la misma ley que prohíbe proponer al consumidor productos o servicios no requeridos previamente, tal como la Revista Primera Fila.

En orden descendente, la multa contra Compuservice por una controversia con un organismo del Estado Provincial, quedó sellada con una sanción económica de $ 4500 y la suspensión de dos años como proveedor del Estado.

En el resto de los casos, se trata de infracciones a comercios del rubro “Indumentaria”, “Verdulería”, “Frutería”, “Panadería”, “Carnicería” “Estación de servicio” y “Supermercado”, estableciéndose sanciones de entre mil y cien pesos en cada caso.

Los motivos por los cuales se aplicaron las multas varían entre la falta de exhibición del cartel de precios, ofrecer productos sin la respectiva etiqueta identificatoria, diferencia entre el precio exhibido y el efectivamente cobrado, alimentos con fecha vencida e incumplimiento de la ley de redondeo (vuelto de menos de cinco centavos).

El monto total de las multas aplicadas asciende a $ 41.200 que deben ser depositados por los infractores en una cuenta bancaria especial.

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