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Sabado 20 de Abril de 2024
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A padres, tutores y docentes

El Concejo Deliberante de la Ciudad Capital , recuerda a los padres, tutores y/o docentes los requisitos básicos a tener en cuenta al momento de contratar el servicio de transporte escolar, según lo establecido en la ordenanza vigente Nº 3623/02.
(DIARIOC, 16/03/2009)Inició el ciclo lectivo 2009, y con él la preocupación de algunos padres, tutores y/o docentes que deben ocupar el servicio de las unidades de transporte escolar para el traslado de los alumnos de sus casas a sus respectivos establecimientos escolares, y viceversa.

Frente al ello, resulta menester señalar en primer término que un transporte escolar “es un servicio público oneroso, utilizado dentro del radio municipal, que debe prestarse en condiciones de regularidad, eficiencia, seguridad, higiene y confort, acorde a las exigencias prevista por la Ordenanza N º 3623/02 de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca”.

¿Qué deben exigir?. Deben exigir que los vehículos que presten el servicio de transporte escolar, reúnan las condiciones de comodidad y seguridad para los pasajeros, y no alteren la capacidad mínima y máxima de transporte establecida en veintiún (21) y treinta y cinco (35) plazas respectivamente (primera categoría); y una (1) y veinte (20) plazas (segunda categoría). También deben asegurarse de que cuenten con la respectiva licencia que implica que cumplen con los requisitos exigidos por la Dirección de Policía Municipal de la Capital , lo cual cuenta con la visación del Intendente

También es necesario conocer que los conductores de los vehículos afectados al servicio de transporte escolar han sido habilitados porque acreditaron la carencia de antecedentes penales, relacionados con automotores, contra la honestidad, la libertad o integridad de las personas o cualquier otro antecedente que pudiera resultar peligroso para la integridad física y moral de quienes utilizan el servicio, lo cual es otorgado por la Policía de la Provincia y Policía Federal Argentina. Además, que el conductor debe:

* Circular con extrema prudencia, y en perfectas condiciones físicas y psíquicas.
* Mostrar conducta ejemplar y excelente trato con sus pasajeros.
* Cuidar su pulcritud personal y vestir con corrección.
* No fumar durante el servicio.
* Respetar celosamente las normas de tránsito.
* Utilizar los espacios delimitados para el descenso y ascenso de escolares en los horarios preestablecidos por la Municipalidad.

Sobre los vehículos
Los vehículos afectados al servicio de transporte deberán satisfacer los siguientes requisitos:

- Clara iluminación interior durante las horas de luz artificial.
- Asientos debidamente fijados al piso.
- Cristales se seguridad inastillables o templados, de resistencia en parabrisas y ventanillas.
- Espejos retrovisores del lado izquierdo regulables para el conductor desde su asiento y otro que permita observar las operaciones de ascenso y descenso por la parte trasera derecha, para aquellos vehículos que la tuvieran.
- Estar identificados con una franja pintada o adhesiva de color anaranjado de 30 cm . de ancho a lo largo y a media altura de la carrocería. Dentro de la franja se inscribirá en letras de color negro y a ambos lados del vehículo la leyenda “TRANSPORTE ESCOLAR AUTORIZADO Nº ... CAPACIDAD ... MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA”.
- Contar con botiquín de primeros auxilios.
- Pisos sin ninguna clase de intersticios y recubiertos con materiales de fácil limpieza y antideslizante.
- Estar provistos de matafuego.
- Estar equipados con cinturones de seguridad, y un cartel visible en el interior del vehículo que indique “Use el cinturón de seguridad”.

Otros requisitos

Finalmente, es preciso saber que el Transporte debe contar con un celador/a mayor de 18 años que será el responsable directo de la seguridad de los niños/as mientras estén bajo su tutela; deberán cuidar y ayudar al ascenso y descenso de los escolares; controlar la disciplina adentro del vehículo; acompañar al niño/a hasta el interior del establecimiento y desde éste hasta el transporte; averiguar si el niño/a tiene clase o si el horario de salida será el habitual; regresar al escolar a su hogar e forma inmediata; y llevar con carácter obligatorio un registro en el que deberá constar todos los datos personales de los escolares.

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