Entre otras cosas, la norma faculta al DEM a eximir de impuestos, en caso de sufrir crisis económicas y/o fenómenos climáticos, a algunas actividades comerciales.
Es decir que, echando mano a estas normas, el municipio posibilitará que los contribuyentes en cuestión sean “eximidos del pago del tributo denominado “Contribución de Inspección a Comercios, Industrias y Actividades Civiles” y sus respectivos accesorios.
Con esta Ordenanza se propicia, también, “autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) a disponer en situaciones de crisis económicas y/o fenómenos sanitarios o climáticos, exenciones, liberaciones y/o diferimientos para los contribuyentes adheridos, por el término máximo de doce (12) meses hasta el ciento por ciento (100%) del pago de los tributos establecidos en el Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 166/84). Y permite suspender la ejecuciones fiscales por hasta un plazo de doce (12) meses a todos aquellos contribuyentes que, mediante evaluación previa, resulten afectados en magnitudes importantes por crisis económicas, fenómenos sanitarios y/o climáticos”.
En idéntico sentido, se faculta al Ejecutivo Municipal a “adoptar medidas a fin de incentivar y facilitar el pago del tributo antes citado (´Contribución de Inspección…´). Ello permitirá a los contribuyentes regular sus obligaciones materiales”.
Requisitos para los contribuyentes
A efectos de gozar de los beneficios del presente instrumento, los sujetos pasivos tributarios “deberán poner a disposición de la Dirección de Rentas Municipal los antecedentes y/o formalidades exigidas en el título II de la Ley Nacional N°26.476 y sus normas complementarias”.
Por último, la Ordenanza aclara que “en el ámbito municipal no resulta pertinente implementar las liberaciones de sanciones de índole laboral, a que hace referencia en al artículo primero de la Ley N° 5.283, por cuanto el municipio carece de facultades. Tampoco corresponde hacer propio el régimen de exención para inversiones en proyectos turísticos, a raíz de encontrarse vigente la Ordenanza 4086/06 (´Régimen de Incentivos a la Inversión Turística´), que exime a los inversores por el término de cinco años”.
OTROS TEMAS
En la 7ma. sesión ordinaria también se aprobaron los siguientes instrumentos: Proyecto de Ordenanza iniciado por el concejal Alberto Peralta, sobre disponer la ejecución de una campaña de poda y extracción de especies arbóreas, dónde se requiera y acompañado de una reparación de veredas, en todo el Circuito N° 7; Proyecto de Comunicación iniciado por el edil Mariano Leiva, que solicita al DEM la instalación de semáforos en la intersección de Av. Sánchez Oviedo y calle Pedro Goyena; Proyecto de Ordenanza iniciado por el concejal Luis Agüero, sobre disponer la instalación de carteles señalizadores con la simbolización de ´prohibido girar la izquierda´ en las intersecciones de Av. Além y calles Mate de Luna y Zurita; Proyecto de Comunicación iniciado por la edil Mabel Acevedo, sobre solicitar al DEM el cumplimiento del artículo N° 16 de la Ordenanza N° 2449/92 sobre ejecución de los trabajos de cerramiento de lotes en estado de abandono en calle República al 800 y al 1000, y en pasaje Gutiérrez entre calles Salta y Tucumán.