También se explica que a partir de la vigencia de la Ordenanza se persigue el propósito de suscribir convenios con otros municipios del interior de la provincia, a efectos de que se genere de este modo un flujo de intercambio con jóvenes de la Capital, “también ávidos de conocer nuestro interior provincial”.
En cuanto a la financiación del emprendimiento, la norma establece que se afecten partidas provenientes de regalías mineras, “lo que, atento al fin del complejo, no es contradictorio con la Ordenanza Nº 4068/06, en razón de que se trata de una obra de infraestructura para el desarrollo turístico”, se advierte.
Finalmente, cabe destacar que en la labor efectuada por los miembros de la Comisión de Gobierno y Peticiones en virtud del análisis del proyecto, se recabó un informe de la Dirección de Catastro y Estadísticas Municipales, con relación al estado de pertenencia del predio y demás datos técnicos que ilustraron aún más la información existente.