Los magistrados recurrieron a fórmulas procesales según las cuales "tratándose del delito de lesiones leves de concurso ideal con amenazas, una vez instada en forma privada la acción penal (mediante la denuncia), ésta deja de estar en cabeza del agraviado y pasa a transformarse en una acción de carácter público".
En ese sentido, el "exclusivo titular" de decidir si la acción debe continuar, o no, "es el Estado a través del Ministerio Público Fiscal", apuntaron los magistrados que calificaron el hecho como una posible "violación a los derechos de género".
En ese aspecto recordaron que "el Estado Argentino debe observar el cumplimiento de lo previsto en los tratados internacionales, a fin de evitar responsabilidad ante la comunidad internacional".
Fuente: Télam