Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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Apoyo al Teatro Independiente

El Concejo Deliberante de esta Ciudad formalizó el apoyo que el municipio brinda a la actividad teatral local mediante la ordenanza Nº 3904/05.
La normativa aprobada beneficia, entre otras cosas, con facilidades para el uso de las salas que administra el estado municipal.
Para la aplicación de estos beneficios se elaborará un Registro de las Actividades Teatrales No Oficiales existentes en el ámbito de San Fernando del Valle.
Por lo tanto se invita a todas personas físicas o jurídicas que realicen actividades teatrales. (entendiendo por teatrales toda actividad artística performática que se lleve a cabo por medio de la participación en vivo de los interpretes de Teatro, Títeres y Marionetas, Teatro Danza, Circo Teatro, Mimo o Pantomima) a inscribirse en dicho registro.
A continuación se adjunta un extracto de la ordenanza
Los beneficios:
Las actividades teatrales no oficiales contarán con el apoyo del Departamento Ejecutivo Municipal en lo referido a:

a) Préstamo y/o alquiler de las salas teatrales pertenecientes a la Municipalidad: Complejo Cultural Urbano Gírardi, Salón Calchaquí y Teatro del Sur, conforme sea necesario de acuerdo a la capacidad del público previsto, para la utilización de las mismas e instalaciones de los predios, tanto para la puesta en escena de las obras como para los ensayos, que se consideren Convenientes.-
b) Tomará las medida necesarias a fin de que a través de la.-imprenta municipal se realicen de manera gratuita los talonarios de entradas y en caso de ser necesario volantes publicitarios de las puestas en escena de las obras artísticas contempladas en la presente ordenanza.-
c) La Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad garantizará la promoción de las obras teatrales cuyo proyecto haya sido aprobado y sea presentado con colaboración de la Municipalidad de la Capital, ya sea en lugares convencionales o no convencionales.
d) El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará los intercambios con otros Municipios del país de las obras de cualquiera de las actividades teatrales antes mencionadas.
e) El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria de Cultura y Educación coordinara las representaciones de las obras artísticas en lugares no convencionales de la comuna capitalina a fin de descentralizar la actividad artística.
f) El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará en cualquier actividad que se desarrolle, festejo de fechas alusivas, considerar prioritaria la participación de los grupos artísticos registrados en la Secretaria de Cultura y Educación de la Municipalidad bajo las condiciones de la presente por sobre otros grupos (sin considerar entre estos últimos a la Comedia Municipal).
g) En caso de que el Municipio se encuentre con posibilidades económicas de colaborar con algún tipo de subsidio a este tipo de actividades artísticas, estos podrán acceder a estos beneficios, sólo cumplimentado los requisitos de esta Ordenanza.
h) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del organismo que corresponda, realizará convenios con otros organismos del Estado Provincial y Nacional, y no estatales a fin de propiciar la difusión de las representaciones teatrales de los grupos cuyo proyecto haya sido presentado ante las autoridades correspondientes.

Por mayores informes dirigirse a oficina de la Comedia Municipal en el Centro Cultural Urbano Girardi, Av. Ocampo 40, Teléfono 437413, [email protected].

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