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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Aprobaron la realización de ciclovías en distintos puntos de la provincia

Este miércoles la Cámara Baja dio media sanción al proyecto presentado por Simón Hernández para que el Poder Ejecutivo realice, a través del Ministerio de Obras Públicas y/o de la Administración Provincial de Vialidad, un sistema de infraestructura vial conocida como ciclovías y/o motovías en el ámbito de la provincia.
(DIARIOC, 30/10/2014) Para no incurrir en una invasión a las autonomías comunales se faculta al PEP a suscribir convenios con el Gobierno Nacional y/o Municipios a los fines de  dar cumplimiento a la presente, en los casos de vías interjurisdiccionales.

Los diputados declararon como áreas prioritarias para la ejecución de Ciclovías y/o Motovías a las siguientes vías existentes en el Valle Central: Rutas  Nacionales  Nº 38  y  60,  Paso  Externo  y/o  Circunvalación Presidente Néstor Kirchner, de la ciudad Capital, Rutas Provinciales Nº 1, 4, 5, 9, 14, 16, 19, 33,41, entre otras, y las siguientes arterias: Avda. Cnel. Felipe Varela, Avda. Presidente Castillo, Avda. Acosta Villafañe, Avda. Hipólito Yrigoyen, Avda. Juan Pablo II, Avda. Ricardo Balbín, Avda. Dr. Enrique Ocampo, Avda. Pte. Arturo Illia, Avda. Virgen del Valle, Avda. México, Avda. Choya, Avda. Los Terevintos, Avda. Manuel Navarro, Avda. Los Minerales, Avda. Los Legisladores, Avda. Ramón Recalde, Avda. Ramón Antonio Vivanco Sayes, entre otras, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.
No obstante, los órganos mencionados resolverán en base a criterios de necesidad, oportunidad y conveniencia la incorporación de áreas prioritarias de otras Regiones de la provincia.

En los fundamentos el diputado Hernández menciona la gran cantidad de usuarios de bicicletas tanto como medio de transporte como de actividad física, como por ejemplo los escolares que cotidianamente se trasladan a los establecimientos educacionales, quienes lo hacen a sus lugares de trabajo, o quienes lo utilizan simplemente como práctica deportiva.

La ley nacional de tránsito Nº 24.449, a la que Catamarca adhirió a través de la ley 4.909/97, específicamente establece la obligatoriedad de definir, implementar y construir ciclovías en zonas de alta influencia de tránsito. Además, el proyecto se fundamenta en el artículo 110, inciso 9 de la Constitución Provincial que corresponde al Poder Legislativo “dictar leyes sobre obras públicas necesarias para el desarrollo integra y armónico de la Provincia, debiendo prever su financiamiento”.

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