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Argentina no Garantiza el Acceso del Adicto al Sistema de Salud

La ley nacional de estupefacientes (23737) obliga al Estado Nacional a brindar asistencia gratuita a todo adicto. Sin embargo, pocos jueces dan cumplimiento a esta ley. En el 99 por ciento de los casos se descarta la atención profesional. Según Aníbal Fernández y Mónica Cuñarro, en Argentina se persigue y encarcela al adicto, la Primer Investigación sobre Casos de Tenencia de Estupefacientes revela lo contrario. Peor aún, no se garantiza el acceso del adicto al sistema de salud.
(DIARIOC, 22/06/2010) “El jefe de Gabinete de Ministros, Aníbal Fernández y la ex fiscal Mónica Cuñarro han expresado muchas veces que en Argentina se persigue y encarcela al consumidor de drogas o se los obliga a una internación forzosa. Pero eso es una mentira” dijo Gabriel Genri, delegado riojano de la Asociación Antidrogas de la República Argentina (AARA).

“En realidad, la ley nacional de estupefacientes 23737 garantiza que todo adicto detenido con drogas tenga acceso a un tratamiento gratuito, bajo costa del Estado – explica Genri- y esta investigación de Sedronar revela que no se cumple con ello”.


Así es, la primera investigación sobre casos de tenencia de estupefacientes, realizada en conjunto por la Sedronar y el Observatorio de Drogas de la ciudad de Buenos Aires, muestra por un lado, que el consumidor de drogas no es encarcelado, y por otro, quizás el más peligroso, muestra que solo en un 1,3 por ciento de los casos, los jueces están preocupados por la salud del adicto.

Drogas: pocos casos van a rehabilitación

En tres años, los tribunales federales de la Capital Federal derivaron a tratamiento médico a involucrados en 115 expedientes de un total de 8752

Apenas el 1,3 por ciento de las causas por tenencia de drogas termina en una medida curativa para los involucrados. En los juzgados, los casos se cierran casi al mismo tiempo en que comienzan a ser investigados. Esto sucedía incluso antes de que la Corte Suprema de Justicia dictaminara la inconstitucionalidad de la sanción para quien tuviera estupefacientes para consumo personal. En 2009, sólo en cuatro causas se resolvió la rehabilitación médica o educativa del infractor de la ley de drogas.

Así lo determina la primera investigación sobre casos de tenencia de estupefacientes, realizada en conjunto por la Sedronar y el observatorio de drogas de la ciudad de Buenos Aires. El informe analizó los expedientes de diez de los 12 juzgados federales de la Capital. Sobre 8752 causas ingresadas en los tribunales entre 2007 y 2009 fueron 115 las que tuvieron una sentencia que derivó a los consumidores a realizar tratamientos de recuperación.

"Queda claro que es baja la aplicación de la ley 23.737", explicó Beatriz Scorza, que encabezó el equipo de trabajo de la Sedronar.

Los investigadores de la secretaría antidrogas y sus colegas de la ciudad consiguieron la colaboración de los jueces federales, con quienes se entrevistaron para conocer sus puntos de vista. Entre los magistrados está consolidada la creencia, según describe el informe oficial, de que "es exagerado abrir un proceso por un cigarrillo de marihuana" y que "el consumo se termina en la salida de la adolescencia".

Los casos tratados por los juzgados federales se refieren a mayores de edad. De ellos, el 60% corresponde a la franja de entre 18 y 29 años.

Según Roberto Canay, director del observatorio de drogas del gobierno porteño, los tribunales parten de la idea, equivocada a su entender, de individualizar el problema. "La mirada de los jueces se apoya en referencias subjetivas, en experiencias personales o de su entorno cercano para tratar estas cuestiones. Se carece de un enfoque sociosanitario, del alcance social de algunas medidas que van más allá del acto individual que se analiza en una causa."

Tendencia en baja

En agosto de 2009, la Corte Suprema dictaminó que no se podía penar la tenencia de drogas para consumo personal. El fallo acordado por los integrantes del máximo tribunal en el caso Arriola apuntó a defender la autonomía personal y el derecho a la intimidad. También estableció circunstancias en las que la tenencia podía ser castigada, como en situaciones de consumo en la vía pública. El análisis de lo que sucede en los juzgados federales indicó que, en la práctica, la posesión de estupefacientes hacía tiempo que no era penada. Fueron 87 casos los derivados a tratamiento médico en 2007 y 24 en 2008, antes de bajar a cuatro el año último.

Las 321 personas involucradas en esas 115 causas judiciales aceptaron voluntariamente iniciar una rehabilitación a cambio de la suspensión del proceso penal, tal como lo establece la ley 27.737. ¿Por qué unas causas llegan a esa instancia y la mayoría es descartada tras las primeras fojas del expediente? Ni en el análisis de los casos ni en las entrevistas con los jueces pudieron encontrarse los motivos para tan diferentes finales.

Es que cada caso llevado a tratamiento por orden judicial tuvo distintas características, sin un patrón común de conducta. El 66,2 por ciento tuvo que ver con tenencia de marihuana, mientras que el 25,6 por ciento fue por consumidores de cocaína; salvo un único caso por uso de paco, el resto fueron causas por posesión de drogas sintéticas.

En el fallo Arriola, la Corte despenalizó la tenencia para consumo personal de hasta 1,1 gramos de marihuana. El 74,3 por ciento de los casos con sentencia de medidas curativas o educativas resueltos por los tribunales de la Capital fue por posesión de hasta 50 gramos de marihuana. Incluso hubo casos con más de 300 gramos de marihuana encontrados en poder de la persona enviada a terapia de recuperación, situación que benefició también a infractores con hasta 50 pastillas de drogas sintéticas; el 90 por ciento tenía más de 11 pastillas al ser arrestado. El 24% de las causas resueltas de consumidores de cocaína se abrieron por tenencia de entre 10 y 50 gramos. Cada dosis es inferior al gramo.

El perfil del consumidor llevado a tratamiento por orden judicial establece que en un 90% se trata de varones, con estabilidad laboral en un 60 por ciento. Más del 80 por ciento fue arrestado en la vía pública por tenencia de drogas. Sólo el 23 por ciento tenía antecedentes penales.

En promedio, cada juzgado en la Capital decide cuatro medidas curativas al año.

8752 Causas por ley de drogas

Cerca del 99 por ciento de los expedientes por infracción a la ley 27.737 ya eran archivados antes del fallo de la Corte Suprema en el caso Arriola, en agosto del año pasado.

115 Causas con medidas curativas

Un porcentaje mínimo de los casos que involucran la tenencia de drogas terminaron en resoluciones que posibilitaron acciones de rehabilitación médica de los consumidores.

Fuente: radio Fenix

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