Catamarca
Martes 23 de Abril de 2024
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Asfalto y cordones cuneta para barrios del sector oeste de la Capital

Vecinos de los barrios Achachay, Balcón de la Ciudad y Las Gramillas, se beneficiarán con las obras de cordones cuneta y pavimentación, a través del Régimen Especial de Contribución por Mejoras, que implementa la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca.
(DIARIOC, 30/05/2008) Los proyectos ya fueron aprobados por el Concejo Deliberante capitalino y se encuentra en vías de notificación a los vecinos a la espera de los procesos que se denominan de oposición de proyectos declarados de utilidad pública. Si no se oponen los vecinos se realiza la compra de insumos para la ejecución de obra.
En este caso, se trata de cordones cuneta y asfalto para Bº Achachay, 15 cuadras con aproximadamente 200 frentistas beneficiados; Balcón de la Ciudad y de Las Gramillas, .
Por otra parte, la directora de Catastro y Estadística, Vilma Acosta, dio a conocer que se encuentra en el Concejo Deliberante el proyecto que beneficiará con obras de cordones cuneta y/o asfalto a los barrios Lomas del Mirador, al Oeste; Av. Nieva y Castilla, y Potrerillo I. En lo que respecta a formulación de proyectos se encuentran en tratamiento La Cruz Negra y Calera del Sauce.

Régimen

El Régimen de Contribución por Mejoras es la prestación pecuniaria que obligatoriamente debe abonar todo propietario, o poseedor a titulo de dueño de los inmuebles ubicados dentro del ejido urbano de la municipalidad en tanto resulten beneficiarios, directo o indirectamente por la ejecución de una obra de utilidad pública municipal. Una vez aprobado el plan por Ordenanza, se declara de utilidad pública y pago obligatorio, condicionado este último, al resultado del Registro Público de Oposición respectivo. El Departamento Ejecutivo Municipal debe confeccionar el proyecto definitivo y el padrón de frentistas y/o beneficiarios y realizar la promoción de la obra y poner en conocimiento a las Comisiones Vecinales respectivas.
Si el número de responsables al pago de las contribuciones de mejoras que hubiere presentado oposición fuere inferior al 30%, automáticamente el pago será obligatorio, sin necesidad de la sanción de una nueva ordenanza. En caso de que el número de frentistas y/o beneficiarios que se opusieron fuera superior al 30%, pero inferior al 50%, el Ejecutivo Municipal elevará las actuaciones al Concejo Deliberante. Éste podrá sancionar una Ordenanza, por el voto de los dos tercios de los miembros presentes, si considera que la ejecución de la obra se funda en razones de conveniencia o necesidad pública, declarándola de pago obligatorio por Contribución de Mejoras conforme al presente régimen legal.

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