Por su parte, el Plan Urbano Ambiental (PUA) informó a la Comisión de Gobierno y Peticiones del CD que si se considera una ampliación del área establecida originariamente, se debe modificar el artículo 1 de de la Ordenanza N° 3093/97.
Es por eso, que en esta oportunidad el Concejo Deliberante modificó el artículo N° 1 de la citada Ordenanza, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “Desígnase con el nombre de barrio Parque Geoghegan al área determinada por los siguientes límites: Al norte: Av. Costanera (N) y Maximio Victoria; Al Sur: Avdas. Juan Pablo Vera y José V. Figueroa; Al Este: Maximio Victoria; Al Oeste: calles Clorinda O. Herrera y Padre Cristóbal Gavica.
Y el artículo N° 2, indica: “Constrúyase una Plaza en el espacio público, ubicado y delimitado al Norte Av. Costanera (N), al Oeste Joaquín Quiroga, al Sur Juan Sánchez de Loira y al Este Pasaje sin nombre, con el nombre de ´Dr. Arnaldo Jesús Geoghegan´”.