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Jueves 25 de Abril de 2024
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EN EL MARCO DE LA NORMATIVA DE LA LEY NACIONAL 26.209

Brizuela del Moral firmará el decreto reglamentario de la ley provincial de Catastro

El gobernador Eduardo Brizuela de Moral, firmará el decreto reglamentario de la Ley provincial de catastro Nª 3.585 en el marco de la normativa de la Ley nacional 26.209, que a partir de enero de 2007 que fue promulgada por el Poder Ejecutivo de la Nación.
(DIARIOC, 25/09/2008) La firma se desarrollará mañana en el despacho del Gobernador y estarán presentes, el Presidente de la FADA (Federación Argentina de Agrimensores), César Garachico, el Presidente del Consejo Federal de Catastro, Hugo Ricarte, el Administrador General de Catastro de Catamarca, Raúl Blas e integrantes de la Comisión directiva del Consejo Profesional de Agrimensura de Catamarca, que están cumpliendo sus 25 años de su creación.

Que dice la ley nacional

Cabe destacar que uno de impulsores de la Ley es el Ingeniero Eduardo Brizuela del Moral, cuando era senador Nacional por Catamarca.

Esta Ley 26.209 fue sancionada en el mes de diciembre de 2006 y promulgada en enero de 2007 por el ejecutivo nacional, aunque aun no comenzó a implementarse en todo el país, ya que las provincias deben crear sus reglamentaciones específicas dentro de ese marco normativo.

La propia legislación estipula que dicho proceso puede realizarse en forma paulatina para evitar cambios bruscos tanto en el funcionamiento de los entes oficiales como en la actividad privada.

Consta de 20 artículos incorpora finalidades de los catastros territoriales, estado parcelario, constitución y verificación y la determinación de otros objetos territoriales legales. Asimismo, hace hincapié en la certificación catastral, la valuación y estipula la Creación del Consejo Federal del Catastro.

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