Dicha norma establece que los vecinos propietarios, poseedores y tenedores de inmuebles deberán instalar frente a los mismos, canastos o cestos cuya capacidad de almacenamiento mínima será de 0,40 metros cúbicos, a una altura de 1,50 mts. desde el nivel de la vereda ” Su cumplimiento, desterraría un gran problema como lo es la basura amontonada y desparramada en ámbito de todo el ejido municipal”, indicó la representante del circuito 4.
El proyecto logró su aprobación en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo por el Cuerpo de Concejales de la Capital, y tal como lo mencionó Acuña de Lauría, se genera a partir de una publicación aparecida en un medio gráfico local el 26 de octubre del 2004, que señalaba que de acuerdo a un relevamiento realizado por Policía Ambiental, el 80% de las viviendas de la ciudad Capital no posee cestos para basura”