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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Centros de salud deben denunciar casos de intoxicación por alimentos

El Concejo Deliberante de la Capital recuerda a los establecimientos del rubro y a los ciudadanos, la vigencia de la Ordenanza Nº 2355/92, que indica que los hospitales, sanatorios y demás centros de salud, tanto público como privados, están obligados a denunciar al Departamento Bromatológico Municipal los casos de pacientes con síntomas de intoxicación y/o infección, producidas por la ingestión de alimentos.
(DIARIOC, 22/12/2009)La normativa busca que el municipio ejerza los controles necesarios, a los fines de proteger a la población, con “eficiencia y prontitud”, de alimentos comercializados en mal estado. Por su parte, la denuncia se realizará en un término máximo de 48 horas de producido el ingreso del afectado al centro asistencial.

A través de sus fundamentos, la Ordenanza N° 2355/92 manifiesta que “son claras y precisas las atribuciones de ejercer poder de policía por parte de los municipios, en lo atinente a salubridad, higiene y moralidad pública”; Asimismo, están facultados para ejercer el decomiso de mercaderías, pero fundamentalmente para velar por la “prevención y el control sanitario de la población”.

Cabe añadir, que el Departamento de Bromatología Municipal, “ejerce el poder de policía en lo referente al control de productos alimenticios en mal estado de conservación, facultades transferidas por el Poder Ejecutivo provincial mediante decreto”.

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