Catamarca
Jueves 28 de Marzo de 2024
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CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS

Comunicado de la dirección de Inspección Laboral

La dirección de Inspección Laboral, organismo dependiente de la subsecretaría de Trabajo del ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia, en vistas que el día miércoles 27 de octubre de 2010 se llevará a cabo en todo el territorio de la República Argentina el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, y considerando el articulado de nuestra Constitución Nacional, en los cuales hace referencia a la utilidad de los datos censales y a la periodicidad de los censos, el Decreto Nacional Nº 67/10 el que establece el día 27 de octubre como fecha para el Censo Nacional y Decreto Provincial de adhesión al mismo.
(DIARIOC, 26/10/2010) El Decreto de mención Nº 67/10 de fecha 14 de enero de 2010 establece en su articulo 19 que el día 27 de octubre de 2010 se realizará el operativo censal y que ese día será “Feriado Nacional”, por tanto no se podrán realizar reuniones publicas y no habrá actividad comercial. La Ley Nacional Nº 24.254/93 declara Feriado Nacional el día de cada año en que se efectúe el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas y queda establecido sus alcances en los artículos segundo, tercero y cuarto de la citada norma, el que reza textualmente:

ART. 2º: “Quedan prohibidos hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones publicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rosticerías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada.

ART. 3º: A los efectos salariales será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días feriados nacionales.

ART. 4º: Toda infracción a los dispuesto precedentemente será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en día feriado”.

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