Luego de aprobada la presente, el artículo 40 de la ordenanza 4979/10 quedará redactado de la siguiente manera: “Por el otorgamiento de carnet de conductores, se abonará de acuerdo a la siguiente escala:
a- Carnet de conductores de vehículos automotores en general, excepto motos. $ 140,00.
b- Carnet de conductores de motos, motonetas y ciclomotores. $ 105,00.
c- Carnet profesional. $175,00.
d- Carnet profesional extendido a conductores de vehículos pertenecientes a la Policía de la Provincia de Catamarca y a la Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca. $53,00.
e- Duplicados de carnet otorgados. $70,00.-
Los importes consignados en los incisos a, b y c corresponden al mayor plazo de duración posible de la licencia, debiendo proporcionarse en función de la duración específica en cada caso.
Mediante la presente modificatoria, el artículo Nº 165 de la ordenanza Nº 3306/99-Código Municipal de Faltas- quedará redactado de la siguiente forma: “El que circulare con licencia de conducir caduca, será sancionado con apercibimiento de multa de diez (10) a sesenta (60) UM”.
Por su parte, cada Unidad de Multa (UM) actualmente tiene un valor de 10 pesos.
Es importante agregar que la normativa que regula el otorgamiento de la nueva Licencia Nacional de Conducir, que ya entró en vigencia en la Municipalidad de SFVC, tiene como objetivo primordial lograr la unicidad en el contenido y características de dicho instrumento para todo el país, y tampoco prevé la visación anual ni la figura del carnet provisorio de circulación.