En este sentido, dicho convenio establece que “las partes se obligan recíprocamente a poner a disposición, transferir e intercambiar coordinadamente toda la información que disponen respecto del departamento Capital”.
De este modo, dicha información incluye “condiciones de dominio y gravámenes de inmuebles, por titulo público o privado, poseedores o tenedores, en registros reales o personales; mensuras, matrículas y demás datos catastrales de los inmuebles y obrante en las bases de datos, registros y archivos, de cualquier naturaleza o tipo de soporte de los siguientes organismos: del ministerio de Gobierno en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos y de la municipalidad en la Fiscalía Municipal y en sus direcciones de Catastro y de Rentas”.
Cabe señalar que dicho convenio tiene por objetivo “optimizar en eficiencia y eficacia los registros de ambos organismos, procedimientos administrativos, de recaudación, ejercicio del poder de la Policía, prestación de servicios y demás funciones públicas”.