"Nos encontramos frente a un destinatario determinado a quien la autoridad pública competente le notificó una prohibición y su incumplimiento lesiona el bien jurídico protegido", indicó el fallo.
Puntualiza que "esto, es el compromiso expresamente asumido por la administración de justicia, como parte del Estado, para erradicar y sancionar los hechos de violencia intra familiar".
Remarcó que "estas órdenes son impartidas con el fin de hacer cesar conductas que denuncian violencia y para prevenir o evitar que ellas se reiteren poniendo en peligro, la vida, la salud o la integridad psicofísica de la víctima".
La información del Poder Judicial destaca que "de esta manera, el Alto Cuerpo zanjó una discrepancia jurídica entre distintos órganos jurisdiccionales de la provincia en relación con el tratamiento que debía darse a las personas que infringían las órdenes de exclusión dictadas en casos de violencia doméstica".
Fuente: Télam