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LA "BATALLA DEL PLAYÓN"

Decretan nulo procesamiento contra Adrián Rousseau

Fue por el hecho ocurrido el 6 de mayo de 2007, meses previos al asesinato de Gonzalo Acro, en el sector del estacionamiento del estadio Monumental y que enfrentó a dos facciones de la barra brava de River.
(DIARIOC, 08/10/2010)La Cámara del Crimen anuló el procesamiento contra el ex barra brava de River Plate Adrián Rousseau por "instigación, promoción o facilitación de la formación de grupos destinados a cometer delitos" en el enfrentamiento con otra facción del club en la denominada "La batalla del playón", hecho ocurrido en mayo de 2007.

Lo resolvió la Sala IV de la Cámara, que declaró nulo el procesamiento contra Rousseau dictado en primera instancia por Alejandro Cilleruello, al considerar que se afectó el derecho de defensa en juicio.

El hecho en cuestión fue el que tuvo lugar el 6 de mayo de 2007, meses previos al asesinato de Gonzalo Acro, en el sector del estacionamiento del estadio Monumental y que enfrentó a dos facciones de la barra brava de River.

Los camaristas Alberto Seijas, Carlos González y Marcelo Lucini señalaron que es necesaria "la descripción precisa de la conducta que constituye el objeto de reproche".

En ese sentido, entendieron que "no cubre tal exigencia la frase ‘sostener grupos que infringen el régimen penal y contravencional para la prevención y represión de la violencia en los espectáculos deportivos, reflejándose su intervención a través del ejercicio de la instigación, promoción o facilitación de la formación de esos grupos’".

Para el Tribunal, al ser indagado, el juez tuvo que aportare "la descripción detallada del hecho con el fin de preservar el derecho de defensa".

El procesamiento "no contiene la descripción de un suceso tal como habría acontecido en la realidad", agregaron los jueces.

A su vez, advirtieron que para dar por el hecho el delito, el cual está contemplado en la denominada "Ley De la Rúa", debe demostrarse que "la conformación de tales grupos necesariamente debió haber sido anterior a la ejecución del hecho por el cual se encuentra resuelta la situación procesal de los imputados".

Fuente: 26noticias.com.ar

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