Al respecto, el ministro de Producción, Juan José Bellón aclaró que “si los fondos no pudieron ser acreditados hasta el día de la fecha se debe a una situación que es ajena a este Ministerio y que es atribuible exclusivamente a los responsables de la Cooperativa ”.
Proceso de liquidación
Sobre cómo se fue cumpliendo el proceso de liquidación de esta cuota del subsidio, el funcionario recordó que el 26 de junio pasado, se dictó la Resolución Ministerial PyD Nº 163 que dispone el otorgamiento del segundo tramo del subsidio por un importe de 181 mil pesos para ser aplicado a la compra de insumos, repuestos y otros gastos, inherentes a la puesta en marcha de la planta productiva.
Asimismo, aclaró que por exigencias legales el monto a otorgar debe ser depositado necesariamente en una cuenta bancaria y el 1 de julio, se le solicitó a la COTALÍ que informe sobre la apertura de la misma.
Bellón remarcó que “recién el 15 de julio, la representante de la Cooperativa informó que la entidad bancaria en la cual era tramitada la cuenta, le notificó que obran órdenes de embargo por parte de la AFIP sobre cualquier depósito a efectuar por esta firma, en razón de existir deudas previsionales post concursales”. Esta situación -ajena a este Ministerio- a la fecha no ha sido resuelta por parte de los responsables de la Cooperativa.