Esta establece que todos los locales comerciales quedan sujeto a desinfecciones trimestrales los locales denominados SUPERMERCADOS, CYBER, CONFITERIAS BAILABLES, WISKERIAS, BARES, MOTELES, RESIDENCIALES, RESTAURANTES, HOTELES ALOJAMIENTOS POR HORA U OTROS.
Así también se hizo saber que se cobrará un importe de $ 2,00 por cada metro cuadrado de cada local a desinfectar. Y para los demás locales comerciales se cobrará el importe fijo de $ 1,00 por cada metro cuadrado.
La Dirección de Inspección General y Defensa al Consumidor, a través del departamento bromatológico, a cargo del Lic. Juan Domingo Villarreal y la Bromatóloga Patricia del Carmen Nieva respectivamente, hicieron saber que LA FALTA DE CERTIFICADO DE DESINFECCIÓN DARÁ LUGAR A LA CLAUSURA TEMPORARIA Y MULTA CORRESPONDIENTE SEGÚN ORDENANZA IMPOSITIVA MUNICIPAL CAPITULO VII ARTICULO Nº 32.
También se informó desde el área correspondiente, que toda tramitación se llevará a cabo en el departamento de bromatología en el horario de 7:30 horas a 12:30 horas.