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Jueves 25 de Abril de 2024
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El CD dio sanción definitiva a la creación del Instituto de Crédito Municipal

En la segunda sesión especial del ejercicio 2012, realizada este jueves, el Concejo Deliberante de la Capital se dio sanción, en Segunda Lectura, a un proyecto de Ordenanza girado desde Intendencia cuyo objeto fue modificar en forma total la Ordenanza Nº 2532/93; referida a la creación del Instituto Municipal de Crédito Social.
(DIARIOC, 18/12/2012)

Según se fundamentó en el expediente de referencia, dichas reformas a la Ordenanza Nº 2532/93 se originaron, por una parte, en la propia experiencia del funcionamiento del Instituto y, por otra, en la intención de convertirlo en “un instrumento activo de mejora de los ingresos de los agentes municipales y del Concejo Deliberante y de promoción del empleo”.

Según el Ejecutivo, el aumento del capital y de las disponibilidades financieras de dicha Institución permitirá ampliar los montos de los préstamos personales y de micro emprendimientos. Incluso se contempla la posibilidad de subsidiar la tasa de interés de los préstamos bancarios obtenidos por Pymes radicadas en el ámbito municipal, a condición de que incrementen su planta de personal con personas que reciban beneficios sociales de la Municipalidad de la Capital.

Las modificaciones propuestas, además, permitirán al Instituto desarrollar nuevas actividades a fin de ampliar los beneficios de los destinatarios de sus operaciones, como por ejemplo, celebrar convenios con empresas aseguradoras, y empresas y casas de comercio.

La modificación de la Ordenanza N° 2532/93 y sus modificatorias, contiene los siguientes puntos centrales:

a) Incorporar como beneficiarios de los préstamos del Instituto a los jubilados y pensionados de la Municipalidad de la Capital, y a los beneficiarios de programas municipales; empresas y emprendimientos privados con domicilio real en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

b) Modificar los incisos "f´ y "g" del Artículo 2° a fin de mejorar e impulsar la operatoria de micro créditos, y de los emprendimientos productivos organizados jurídicamente bajo la forma de Cooperativas.

c) Se agregan los incisos "h", "i", y "j" al artículo 2° de la Ordenanza N° 2532/93, a fin de permitir al Instituto: Realizar contratos de mandato con compañías de seguro a los efectos de incrementar los recursos monetarios del mismo y para atenuar el riesgo de incumplimiento de la operatoria de micro créditos; subvencionar la tasa de interés de préstamos obtenidos por Pymes a los efectos de impulsar la generación de empleo; y recibir en administración fondos del Departamento Ejecutivo Municipal.

d) Incrementar el capital suscripto del Instituto a la suma de pesos veinte millones ($ 20.000.000).

e) Se incorpora un Consejo Asesor, el cual deberá aprobar los préstamos y los subsidios de tasa de interés.

f) Respecto de la administración del Instituto, se reemplaza la figura de Administrador por la de Director.

g) Respecto de los préstamos personales para los empleados de la Municipalidad y del Concejo Deliberante, se incrementa el tope para las cuotas de los préstamos hasta el 30% de las remuneraciones brutas habituales, sin incluir las asignaciones familiares. Los préstamos serán reglamentados por el Departamento Ejecutivo Municipal quien establecerá: montos máximos, plazos, tasa de interés, garantías, seguros y compensación de gastos administrativos, conforme a las propuestas formuladas por el Director del Instituto Municipal de Crédito Social.

h) Se otorgarán préstamos a los empleados de la Municipalidad y del Concejo Deliberante comprendidos en el Escalafón General, salvo que:

1- Se encuentren en uso de licencias sin goce de haberes.

2.- Estén cumpliendo una sanción disciplinaria de suspensión sin goce de haberes.¬

i) La fiscalización del Instituto Municipal de Crédito Social estará a cargo de la Dirección de Auditoría dependiente de la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico, como así también de las auditorías externas que pudiera contratar el Departamento Ejecutivo Municipal, sin perjuicio de la competencia que en tal materia le corresponda a los organismos específicos de control estatal.

Y los objetivos son:

1) “Hacer realidad la autarquía del Instituto Municipal de Crédito Social y transformarlo paulatinamente en un instrumento impulsor del crecimiento económico y del empleo”.

2) Llevar adelante una política de desendeudamiento de los agentes municipales.

3) Perfeccionar el sistema de préstamos dirigidos a micro emprendimientos.

4) Posibilitar al Instituto Municipal de Crédito Social extender sus actividades a la Industria del Seguro y de establecer acuerdos con empresas y casas de comercio que redunden en beneficio de los interesados.

Es importante agregar que para la aprobación definitiva de este tipo de ordenanzas la Carta Orgánica Municipal impone la doble lectura, por ello se comunicó a los vecinos, el pasado 30 de noviembre de 2012 y a través de los tres medios gráficos locales, que contaban con un plazo de 15 días corridos a partir de esa fecha para acercar su opinión al organismo, sito en calle Rivadavia Nº 1.040

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