Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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El segundo sorteo se efectuará el 31 de Marzo

El IPV cumple con las obras del "Sorteo Familia Solidaria"

El Instituto Provincial de la Vivienda materializó recientemente el premio a la ganadora del Primer Sorteo de Materiales y Mano de Obra para arreglar la vivienda FONAVI, dentro del marco del Sorteo Familia Solidaria.

El Instituto Provincial de la Vivienda materializó recientemente el premio a la ganadora del Primer Sorteo de Materiales y Mano de Obra para arreglar la vivienda FONAVI, dentro del marco del Sorteo Familia Solidaria.

Al respecto, los trabajos dispuestos en el domicilio de la primera ganadora del sorteo, la Sra. Susana Adriana Chacoma, adjudicataria de la casa Nº 35 del Barrio 50 Viviendas Norte, Lic. Pública 06/97 de Capital, consistieron en la construcción y colocación del cerramiento exterior de la vivienda.

Por otra parte, el IPV informa que el segundo sorteo se realizará el día Lunes 31 de Marzo, en el Salón Calchaquí sito en calle Sarmiento, a 10, y del cual participarán todos aquellos adjudicatarios de Viviendas FONAVI que se encuentran al día con el pago de la cuota.

El listado con los números asignados se encuentra a su disposición en nuestras oficinas, municipalidades, reparticiones oficiales y en la pag. Web www.ipvcatamarca.gov.ar

Barrio Parque América
Por otro lado, el Instituto provincial de la Vivienda informa que en virtud de los numerosos y reiterados requerimientos de vecinos del barrio parque América I y II Etapa, referidos a la posibilidad de participar del Premio a la Familia Solidaria, cuyo requisito principal es que el adjudicatario se encuentre al día en el pago, y dado que la misma está suspendida por Resolución de Directorio Nº 041/99, ha resuelto permitir la incorporación de los mismos al sorteo.

En esta disposición, se dejó habilitado la posibilidad del pago de la cuota de los adjudicatarios que así lo deseen, para lo cual se consideran los pagos ingresados hasta el 21 de marzo de 2003.

Cabe destacar, que el pago de su cuota de amortización no es obligatoria, pero a través de la Resolución A-IPV Nº 470/03 se permite recepcionar en los casos de que así sea requerido por el adjudicatario.


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