Se trata de un administrativo con 16 años de antigüedad en la empresa Miavasa, cuyas funciones le demandaban el uso permanente de una computadora, según publicó el diario El Cronista en su edición impresa de hoy.
Al manejar constantemente el mouse, sufrió gangliomas y fuertes dolores en la muñeca y antebrazo izquierdo, como así también el síndrome del Túnel Carpiano, más conocido como la “enfermedad del mouse” en la muñeca derecha.
Los abogados del empleado, Mercedes Balado Bevilacqua y Joaquín Carrillo entendieron que las afecciones fueron causadas por la prestación de sus tareas, por lo que demandaron tanto a su empleador como a la (ART) para que se reparara el daño físico y moral ocasionado, sin que por ello fuera despedido.
El juzgado en primera instancia rechazó la demanda pero la Cámara Nacional de Apelaciones hizo lugar al reclamo.
Los magistrados consideraron que, según la pericia realizada, la causa del padecimiento del trabajador es mecánica (movimientos repetidos en el uso de la computadora) y el síndrome del Túnel carpiano está incluida entre las enfermedades que se encuentra a cargo de las ART, por lo que el organismo incumplió sus obligaciones relativas a la prevención y al riesgo.
En ese sentido, estimaron que la ART omitió capacitación del personal y visitas al establecimiento del empleador, como también las denuncias a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo por eventuales incumplimientos del empleador.
Fuente: minutouno.com.ar