Dicha resolución es a los efectos de evitar a la población beneficiaria los posibles gastos que pudiera ocasionar su traslado fuera de las fechas correspondientes hasta sede de Secretaria y, al mismo eficientizar el recurso humano y material que este organismo pone a disposición para el cumplimiento de los cronogramas establecidos.
Por esa razón, y con el objetivo de llegar hasta los lugares más cercanos al domicilio particular de cada beneficiario, se solicita a la población permanecer atentos al cronograma de entrega y, ante la eventualidad de que el beneficiario no pudiera asistir, podrá retirar los módulos una persona previamente designada por él, quién deberá hacerse presente en el lugar y fecha de entrega portando su documento nacional de identidad y autorización firmada por el titular del beneficiario.