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Viernes 29 de Marzo de 2024
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Espectáculos públicos deben reservar un sector para discapacitados

El Concejo Deliberante de la Capital recuerda a la ciudadanía en general la vigencia de la Ordenanza N° 3368/00, la cual dispone que las personas físicas o jurídicas de carácter estatal o privado que organicen espectáculos públicos masivos, deberán reservar un sector delimitado para que sea ocupado en forma exclusiva por personas que tuvieran algún tipo de discapacidad.
(DIARIOC, 03/09/2009) Según consta en el expediente de la norma, la superficie delimitada será de fácil acceso, garantizará la visibilidad y será acorde con la magnitud del evento y la capacidad del lugar.

La Ordenanza N° 3368/00 se basa, principalmente, en lograr la “igualdad de oportunidades” entre los espectadores de cualquier espectáculo público masivo que se realice en la Ciudad.

Cabe agregar que el Código de Faltas en su Artículo 113, indica que “el que infringiere las disposiciones legales que regulan la habilitación y/o funcionamiento de los locales comerciales, industriales, asistenciales, recreativos, o de cualquier índole, será sancionado con multa de cien (100) a dos mil (2000) pesos, sin perjuicio de la aplicación del Artículo 11. Este último, predica: “podrá disponerse la clausura preventiva del local o el cese de la actividad en infracción hasta que desaparezcan las causas que la originaron”.

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