Catamarca
Miercoles 24 de Abril de 2024
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La medida alcanza a vinos de mesa y/o regionales, elaboración 2003 unificados con remanentes de elaboración 2002 y anteriores.

Fijan límites mínimos de alcohol en vinos de Catamarca y La Rioja

El Ministerio de Producción y Desarrollo informa que, mediante Resolución C. 18, del pasado 30 de mayo, el Instituto Nacional de Vitivinicultura fijó los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos de mesa y/o regionales, de La Rioja y Catamarca.
La medida alcanza los vinos de mesa y/o regionales, elaboración 2003 unificados con remanentes de elaboración 2002 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de mencionadas.

El Ministerio de Producción y Desarrollo informa que, mediante Resolución C. 18, del pasado 30 de mayo, el Instituto Nacional de Vitivinicultura fijó los límites mínimos de tenor alcohólico real para los vinos de mesa y/o regionales, de La Rioja y Catamarca.
La medida alcanza los vinos de mesa y/o regionales, elaboración 2003 unificados con remanentes de elaboración 2002 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de mencionadas.
De acuerdo a lo estipulado por el instrumento legal, se considera grado alcohólico real, al contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores en el producto, remanentes de su fermentación.
Por otra parte, los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la puesta en vigencia de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en el citado Anexo( ver cuadro). Los correspondientes a vinos 2002 y anteriores, caducarán automáticamente a partir de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de la presente, sin que ello dé lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados, excepto aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en el Anexo.
Mediante un trabajo que se llevó a cabo en las zonas de origen de La Rioja y Catamarca por profesionales del Instituto Nacional de Vitivinicultura, permitió reunir antecedentes técnicos suficientes para determinar la riqueza alcohólica de los caldos obtenidos, de acuerdo a los tenores azucarinos de las uvas de las cuales provienen.
También, se tuvo en cuenta los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.


GRADO ALCOHOLICO 2003 - ZONA DE ORIGEN: CATAMARCA

VINO REGIONAL

NUMERO

BODEGA

RAZON SOCIAL

BLANCO

COLOR

P-72084

OMAR Y JORGE JAIS S.H.

11,60

11,90

P-72103

B. Y V. VITTORIO LONGO S.A.

12,30

12,40

P-72127

NANINI Y CIA. S.R.L.

14,00

13,20

P-72152

ELIAS J. SALEME S.A.

12,40

12,30

P-72232

BGA. CUELLO ROCA

13,00

13,00

P-72244

CABERNET DE LOS ANDES S.A.

-----

13,90

P-72277

BGA. MICHANGO DE O. ANDREATTA

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13,90

 


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