En declaraciones a Radio Nihuil , Máximo Crialles contó que quería ser testigo junto a su mujer de una pareja amiga, pero se lo negaron “rotundamente porque era no vidente”.
“Estaba asesorado y me había empapado de la situación, por los casos anteriores que hubo, pero una vez que llegué se me negó la posibilidad de ser testigo, es feo porque es una discriminación, una muy mala experiencia”, contó Crialles.
Según el artículo 990 del Código Civil, de 1870, no pueden ser testigos “los menores de edad no emancipados, los dementes, los ciegos, los que no tengan domicilio o residencia en el lugar, las mujeres y los que no saben firmar su nombre”.
A pesar de que la prohibición está contemplada por ley, Crialles se basó en dos casos anteriores ocurridos en 2007 y 2008 para poder ser aceptado.
Al respecto, la titular del Registro Civil de Mendoza, Olga Videla, explicó que “los casos anteriores se hicieron por vía excepcional y acá lo que hay que hacer es modificar el artículo 990 para que quede como regla para todos los ciudadanos no videntes”.
Videla consideró que la modificación no la pueden llevar adelante los funcionarios locales sino que se tiene que hacer un cambio en el Código Civil de la República Argentina.
Fuente: Minuto Uno