Contribución de Inspección a Comercios, Industrias y Actividades Civiles: mes de Enero: vencimiento según terminación de números de inscripción 1-2-3: 22/02/10; según terminaciones 4-5-6: 23/02/10 y terminaciones 7-8-9: 24/02/10. Mes de Febrero: vencimiento según terminación de números de inscripción 1-2-3: 22/03/10; según terminaciones 4-5-6: 23/03/10 y terminaciones 7-8-9: 24/03/10.
Contribución que incide sobre los Inmuebles y Limpieza y Conservación de Nichos y Mausoleo: descuento del 25% en el valor de las contribuciones anuales del Ejercicio Fiscal 2010, cuando los contribuyentes abonen hasta el vencimiento de la primera cuota la totalidad de la contribución y no presenten deuda por ejercicios fiscales anteriores.
Descuento del 20% en el valor de las contribuciones anuales del Ejercicio Fiscal 2010, cuando los contribuyentes abonen hasta el vencimiento de la primera cuota la totalidad de la contribución, para aquellos contribuyentes que tengan deuda devengad exigible o incluida en planes de pago, por ejercicios fiscales anteriores al 2010 (para Contribución que incide sobre los Inmuebles y Limpieza y Conservación de Nichos y Mausoleos).
Para la Contribución que incide sobre los Inmuebles: descuento del 20% para aquellos contribuyentes que autorizaran el pago anual mediante débito en tarjeta de crédito, caja de ahorro de Banco Nación o descuento por planilla.
Para la Contribución de Inspección a Comercios, Industrias y Actividades de Servicios: descuento del 10% en el importe a pagar de cada declaración jurada mensual del año 2010, para los contribuyentes que no registren deudas exigibles a la fecha de cada vencimiento; siempre y cuando se presente la declaración jurada y se pague en término. Para aquellos contribuyentes que tengan deudas devengadas incluidas en planes de pago por ejercicios fiscales anteriores al 2010, el descuento será del 5%.
Los beneficios previstos precedentemente decaerán si a posteriori se detectara una omisión en el ingreso del tributo superior al 20% de lo declarado originalmente.