“Queremos compartir nuestra satisfacción por el reciente fallo que ha dictado nuestra Corte Suprema de Justicia al declarar la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final. Consideramos que de esta manera se enaltece nuestra Constitución Nacional, sus principios y garantías, y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, tales como: La Convención contra la torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; la Convención sobre Desaparición forzada de personas, la Convecino sobre la Imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y Lesa Humanidad, etc; instrumentos estos que integran nuestra constitución, con igual jerarquía y que protegen nuestros derechos fundamentales, ( derecho a la vida, derecho a la identidad, derecho a la libertad de expresión, derecho a un juicio justo y debido proceso, derecho al trabajo y digna remuneración , derecho a libre circulación, etc...), y marcan una diferencia vital entre un estado de derecho y un gobierno de facto.
El fallo de referencia implica que la obediencia no es debida cuando encubre delitos y no puede existir punto final hasta que no se juzguen con debido proceso a los responsables de las atrocidades cometidas en la última dictadura militar.