Es así que Federación Económica de Catamarca asumió responsabilidades y funciones que otros no asumieron, pese a estar designados por ley para ello, y junto con la adhesión de cerca de tres mil usuarios emprendió la lucha judicial, alcanzando el reconocimiento de los derechos reclamados en todas las etapas del poder judicial: en Primera Instancia, en Cámara de Apelaciones y Corte de Justicia de Catamarca; obteniendo inclusive fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Este derecho reconocido judicialmente, ocasiona que a la totalidad de los usuarios del servicio eléctrico de la provincia de Catamarca les será devuelto lo sobrefacturado en más por Edecat SA, con su correspondiente actualización, y además para los usuarios presentados en el juicio, el otorgamiento de una reparación indemnizatoria conforme la Ley de Defensa del Consumidor.
Actualmente la empresa Edecat SA se encuentra con una medida de embargo judicial por la suma de Pesos Ocho Millones seiscientos noventa y ocho mil ciento setenta ($ 8.698.720.-…), con más las acrecidas, totalizando la suma de Pesos Diez millones ochocientos setenta y dos mil setecientos veinte ($10,872,720.-), ya que la Federación Económica de Catamarca ha iniciado el reclamo de efectividad, de los derechos reconocidos judicialmente.
Por su parte la empresa Edecat SA ha reconocido expresamente su deuda con los usuarios, tanto en el Decreto del Poder Ejecutivo de intervención, como en el propio expediente judicial, con la contradicción de que a pesar del reconocimiento expreso y espontáneo ante el Juez, pide el levantamiento del embargo durante la presente Feria Judicial.
Por ello es que la Federación Económica de Catamarca, expresa a la población, a los fines de evitar confusiones:
a)-Federación Económica de Catamarca es quien encabeza procesalmente la acción colectiva, pero no es ella quien debe cobrar el dinero faltante y que se encuentra pendiente de devolución a los usuarios, por la sobrefacturación,
b)-Tampoco Federación Económica de Catamarca percibirá el total de las indemnizaciones, previstas en la Ley de Defensa del Consumidor.
c)-Federación Económica de Catamarca posee exclusivamente derecho respecto de sus créditos, tanto en sobrefacturación, como lo previsto en la Ley de Defensa del Consumidor, por su doble condición (usuario y adherente).
d)-El reintegro de los montos sobrefacturados y los que corresponden por la Ley de Defensa del Consumidor deberá hacerse efectivo a cada usuario de acuerdo al mecanismo que se establezca judicialmente.
e)-La designación de la persona en el cargo de la Gerencia de Defensa del Usuario, conforme lo prevé la ley de creación del EnRE, hubiera impedido tamaño incumplimiento de la distribuidora Edecat SA.