El juzgado federal informó que el magistrado decidió intervenir a raíz de publicaciones periodísticas sobre el hecho, que "respondería a motivaciones discriminatorias comprendidas en la ley 23.592, cuya aplicación corresponde a la justicia federal de acuerdo a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en casos de estas características".
La agresión se produjo el lunes entre la 1,15 y las 3,30 de la madrugada, y la policía tardó 45 minutos en intervenir, tiempo en el que los atacantes provocaron los destrozos y lastimaron al dueño del hostel y a los pasajeros.
Tomó la investigación el fiscal provincial Oscar Oro, quien consideró que no se trató de un ataque xenófobo ni antisemita, sino que lo tomó como "un conflicto entre vecinos que terminó en forma violenta".
Sin embargo, el fiscal fue contradicho por el gobernador Martín Buzzi, sus ministros y el dueño del hostel, Yoav Pollac, quien lamentó en diálogo con Télam que "estén intentando reducir el ataque a una pelea de vecinos".
"Eso es vergonzoso a mi criterio, y no coincide con la opinión del gobernador, el INADI, la Daia y de los seis policías que intervinieron y los demás 150 testigos presentes", expresó Pollac.
Onda Azul es un hostel que se promociona en base a su recepción de turismo israelí y que incluso tiene su página de Facebook con posteos mayoritarios en yiddish.
Pollak dijo que durante todo el ataque los agresores gritaron a las víctimas "fuera judíos de mierda" y "vienen a robarnos la Patagonia", aunque el fiscal Oro señaló que sólo al irse uno de ellos expresó su enojo porque la policía defendía a los "judíos" en lugar de los vecinos.
El juzgado destacó que en la Comarca Andina ya hay antecedentes sobre distribución de folletos y afiches contra turistas de Israel, por lo que intervino el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
En el caso de El Bolsón, a fines del año pasado el INADI pidió al gobierno de Río Negro y a la municipalidad local que sancionen a los comerciantes que exhibieron esos afiches y panfletos, sin que los organismos actúen en ese sentido.
El juzgado federal de Esquel consideró que el caso de Lago Puelo "habría sido cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad", contemplado en la ley 23.592.
Sostuvo, además, que "el contexto referido indica la posibilidad de que exista detrás del hecho una organización que tenga por objeto la promoción de la discriminación racial o religiosa", contemplada en la misma norma federal.
También estimó que puede enmarcarse "en acciones destinadas a alentar o incitar la persecución o el odio contra una persona o grupo de personas a causa de su raza, religión o nacionalidad", sancionado por la misma ley.
Por esta razón, el juez Otranto solicitó al juez penal de turno que declare la incompetencia de la justicia provincial para intervenir en la investigación que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal de Chubut, y que las actuaciones y demás elementos secuestrados sean puestos a disposición del Juzgado Federal.
Fuente: Télam