Catamarca
Jueves 28 de Marzo de 2024
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La Corte salteña deja sin efecto un amparo en contra de un aborto a una niña violada

La Corte de Justicia de Salta dejó sin efecto la cautelar dictada por el juez Víctor Soria, que impidió la práctica de un aborto no punible a una niña de 14 años abusada por su padrastro, y pidió que se examine el desempeño del magistrado, decisión que la abogada de la joven calificó como un avance para los derechos de las mujeres.
"Esta decisión es un paso adelante para que se hagan efectivos los derechos de las mujeres. Nunca se tendría que haber judicializado esta situación y esperamos que nunca más ocurra en Salta, ni en el resto del país", dijo a Télam Mónica Menini, abogada de la adolescente.

El máximo tribunal salteño remitió los antecedentes de la causa al Procurador General de la Provincia para que examine el desempeño funcional del juez que aceptó el amparo.

De esta manera, "se confirma y reafirma que, tanto la Asesora de Menores e Incapaces Nº 2, Claudia Flores Larsen, como el juez Soria fueron en contra de la Corte local y Nacional. Es lo que esperábamos", agregó la profesional que integra la Alianza de Abogadas por los Derechos Humanos de las Mujeres.

En su sentencia, el máximo tribunal consideró que Soria "ignoró la Carta Magna Provincial y a esta Corte, como intérprete final" de las constituciones de la Nación y de Salta.

Se trata del caso de una adolescente de 14 años violada y golpeada por su padrastro desde los 12 años, a la que se le negó la práctica de un aborto no punible por la presentación de un recurso de amparo a favor del niño por nacer por parte de Flores Larsen.

"Nunca se tendría que haber judicializado esta situación y esperamos que nunca más ocurra en Salta, ni en el resto del país",Mónica Menini


La Corte recordó su sentencia del 12 de julio pasado donde declaró constitucional la Guía de Procedimiento para la Asistencia Integral de toda Víctima de Violencia Sexual y la Concreta Atención de los Abortos No Punibles de Salta, que, por lo tanto, "integra el ordenamiento público local", lo que "no puede ser desconocido por el juez del amparo."

Además, los jueces recordaron los lineamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 13 de marzo de 2012, confirmó que no se debe judicializar el aborto cuando existe una violación.

El alto tribunal salteño remitió los antecedentes de la causa al Procurador General de la Provincia para que examine el desempeño funcional del juez del amparo como consecuencia del "apartamiento de los mandatos constitucionales y legales".

La madre de la adolescente denunció en noviembre pasado el abuso sexual, al sorprender al padrastro en momentos en que violaba a su hija. Tanto la joven como su madre decidieron suspender el embarazo, por lo que el Hospital Materno Infantil de Salta programó la práctica para el 19 de noviembre.

El amparo presentado por la defensora provocó la dilatación y la posterior suspensión luego de la decisión de Soria.

Tanto las abogadas de la niña, como organizaciones defensoras de los derechos de la mujer apelaron esta determinación del juez, que -para la Corte- desconoce un fallo del propio alto tribunal, por lo que le solicita al procurador general que analice su accionar, lo que implica la posibilidad de promover un jury de enjuiciamiento.

"La justicia nos dio la razón plena", aseveró Menini, quien contó que la niña está acompañada por una psicóloga, quien se reunirá con la mamá y la familia "para resolver la situación".

Fuente: Télam

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