Esta responsabilidad se extiende al beneficiado por el mensaje, salvo pruebas en contrario.
Las violaciones sancionadas son las siguientes: la falta de autorización o incumplimiento de las disposiciones que rigen la materia, el que incluyera contenidos violatorios de las normas de moralidad pública y buenas costumbres y/o atentare contra la dignidad de la persona o fuere discriminatorias, los anuncios que se efectuaren utilizando edificios públicos, monumentos históricos, o de interés municipal, espacios públicos o lugares de culto, fachadas de viviendas particulares sin autorización (aunque ya estuvieren escritos ).
Asimismo serán pasibles de sanciones aquellos anuncios que afectaren la señalización urbana o arbolado, los que dañaren o destruyeren elementos de publicidad permitidos ubicados en lugares autorizados y en aquellos casos en que infringieren las normas sobre instalación de letreros.
Multas
En cuanto a las sanciones, están previstas multas de entre cien y dos mil pesos, el decomiso de los elementos de publicidad, la obligación de retirar, trasladar y depositar el material utilizado y eventualmente se prevén sanciones también a las empresas que realizan servicios de publicidad las que podrán ser clausuradas hasta cinco días.
Se solicita a la población que eviten concretar acciones que perjudiquen especialmente al patrimonio público que debe ser responsabilidad de todos.