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La Municipalidad habilitó 56 comercios para la venta productos de pirotecnia

Venció ayer el plazo para la inscripción de locales interesados en vender estos productos
(DIARIOC, 15/12/2012) La Municipalidad de la Capital, a través de la Sub Dirección de Inspección General informa, que se otorgaron 56 permiso o autorización provisoria, para la comercialización de productos pirotécnicos en el ámbito del ejido municipal.

La Municipalidad había establecido que las inscripciones para la autorización de la venta de pirotecnia se realizarían hasta el 10 de diciembre. Luego dio una prórroga hasta ayer, y los comercios anotados rondaron los 80.

De acuerdo a la inspecciones técnicas realizadas en forma conjunta con personal de la Administración de Obras Particulares, personal de la División Explosivos de la Policía de la Provincia e inspectores de la Sub Dirección de Inspección General, se autorizaron un total de 56 comercios que reúnen las exigencias técnica y edilicias establecidos en las Ordenanzas N° 2683/93, 2689/93 y 3911/05 en donde se determina la Factibilidad Técnica a fin del otorgamiento del permiso o autorización provisoria (hasta el día domingo 06 de Enero de 2013).

La comuna informa que está terminantemente prohibido vender todo artículo de pirotecnia que no esté autorizado por la Dirección del Registro Nacional de Armas (RENAR) como así también la venta ambulante o exposición de los artículos en vía pública. La venta de mercadería no autorizada o realizadas en locales no habilitados prevé el decomiso y destrucción de los artículos secuestrados.

La pirotecnia legal debe llevar la leyenda "Autorizado por el RENAR", o en su defecto "Autorizado por la DGFM" (Dirección General de Fabricaciones Militares) y tener la inscripción del número de registro que corresponde y datos del fabricante o importador de los artificios.

El Director de Policía Municipal Dr. Guillermo Matterson manifestó, que estamos realizando controles y secuestros en forma conjunta con personal de la Dirección de Explosivos de la Policía de la Provincia, y que los mismos serán muy rigurosos en todo el ámbito de la capital con el propósito de hacer cumplir lo establecido en las ordenanzas 2683/93, 2689/93 y 3911/05.

Queremos neutralizar la venta de pirotecnia ambulante asimismo, la norma prohíbe la venta de pirotecnia a menores de 16 años. Se recomienda que los productos de pirotecnia o cohetería deban llevar la inscripción de venta libre autorizada por la Dirección de Fabricaciones Militares.

El local de venta deberá exhibir como mínimo dos (2) carteles con las siguientes frases¨ “PROHIBIDO FUMAR” y “PROHIBIDO LA VENTA A MENORES DE 16 AÑOS”.
Aquellos lugares y/o locales no reúnan las condiciones exigidas en esta Ordenanza serán según lo establece la misma, “CLAUSURADOS Y SECUESTRADOS O DECOMISADOS TODOS LOS ARTICULOS DE PIROTECNIA”, cualquiera sea su procedencia, finalizó.

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