El marco del comienzo de actividades es el Decreto Nacional n° 64, de Enero de 2010 del Poder Ejecutivo Nacional, por el cual se ordena el levantamiento del Censo Nacional de población, hogares y viviendas en el territorio Nacional el 27 de Octubre de 2010, estableciendo que las provincias serán responsables de ejecutar el relevamiento en sus respectivas jurisdicciones. Buscando generar compromiso entre las distintas áreas del Poder Ejecutivo, se mantuvieron con ellas diferentes instancias de diálogo en los que se mostraron los roles y la participación que cada uno tendrá en la preparación y realización de este importante operativo a partir del decreto provincial de adhesión a las disposiciones del decreto nacional referidas a la realización del censo nacional de población hogares y viviendas 2010, se creará un Comité Censal Provincial, compuesto por todos los ministerios provinciales, como así también un comité operativo, que se consolidará con organismos específicos de participación directa en el relevamiento.
El Censo Nacional de población, hogares y viviendas es el mayor operativo civil que se realiza en el país, habida cuenta de que participa toda la población y de la importante cantidad de recursos humanos, materiales y tecnológicos que moviliza para su planificación y ejecución. Su importancia radica en que la información que proporciona es esencial para el conocimiento de las características sociodemográficas y habitacionales de sus habitantes, a partir del cual el estado puede orientar sus políticas públicas, en lo que se refiere a salud, educación y vivienda, tendientes a mejorar las condiciones de vida de la población, atendiendo además a su distribución espacial.